Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 1º; se adiciona un último párrafo al artículo 103; se adiciona un último párrafo al artículo 105; y se reforma el párrafo primero de la fracción ll del artículo 107, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal
Gracias Presidente
Quiero reconocer a quienes en Comisiones Unidas suprimieron de la iniciativa un evidente retroceso que nos llevaba a tiempos ya superados en nuestro país en materia de derechos humanos. Es que la redacción original del Artículo 1ero constitucional iniciado en 2009 fue producto de un trabajo de muchos años, que tuvo como fin conciliar el espíritu de nuestras leyes con las regulaciones internacionales.
Recordemos, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos surgió tras la Segunda Guerra Mundial para evitar que las normas de los Estados fueran contrarias a la dignidad de las personas. Dicho en otras palabras, surgió para evitar el derecho impuesto por regímenes autoritarios como el nazismo y el fascismo.
No en balde la reforma de 2011 la hicimos consiguiendo unanimidad en el Senado y en la Cámara de Diputados, fue un consenso que se dio durante casi tres años, entre el intercambio de minutas en ambas Cámaras, prácticas que nos llevaban a conciliar.
También celebro que las Comisiones retiraron parte de la redacción del Artículo 105 de la iniciativa en el dictamen, como era la improcedencia de las reformas incluyendo sus procesos deliberativos, legislativo y correlativa votación. Era entonces, convertir al Congreso en un órgano automático de votación, sin necesidad de discusión, el antiparlamento, pues.
Mas debo decir que, no obstante, esas modificaciones y de la eliminación de algunos artículos transitorios que parecían redactados por un tirano y constituían un concierto de inconstitucionalidades, lamentablemente se mantuvo en el segundo transitorio la misma tendencia absolutista, pero con una redacción más delicada, quizá ahora si redactada por un Doctor en Derecho. Se conservó que los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el presente decreto, es decir, la vulneración al principio de no retroactividad de la ley, una confronta directa con el propio artículo 14 Constitucional.
Está claro; la finalidad de esta reforma consiste en impedir, por cualquier medio, la impugnación a reformas constitucionales, lo que erosiona los principios y valores fundantes del estado constitucional de derecho, como la división de poderes y los medios de control constitucional.
Esta reforma sostiene una visión coyuntural de la Constitución, como si ésta existiera para resolver particularidades y fenómenos provisionales, lo cual resulta delicado. Pero lo que es más delicado es que esta Cámara, la garante del pacto federal, parece está a punto de cercenarles potestades a los estados, municipios y a la propia CNDH. Esto es, su derecho de controvertir adiciones o reformas a la Constitución que les afecten sus facultades.
Quisiera imaginar qué va a hacer cada Congreso local ahora que reciba la reforma para su ratificación; si habrán de defender sus facultades locales o cederán su espacio a esta nueva centralización de funciones. Habrá que escuchar cómo justifican que afecte el pacto federal que suscribimos como origen de nuestra organización política, y cómo algunos de los congresistas federales le van a explicar a sus estados lo que aquí sucedió a estas altas horas de la noche.
Por todo esto votare en contra de esta reforma, que está fuera de toda oportunidad y realidad, fuera de tiempo y atenta contra el proceso democrático legal y del equilibrio de poderes que integran el Estado.
Es cuanto Presidente.